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En
octubre del año 2000 se reunieron en la ciudad de Suipacha más de cincuenta
Cooperativas de Agua Potable de distintos lugares de la Provincia dejando
sentadas las bases para que el 31 de marzo de 2001, en el mismo lugar, se
realizara la Asamblea Constitutiva determinando que a partir de ese momento
naciera la Federación Provincial de Cooperativas de Agua Potable y Saneamiento de la
Provincia de Buenos Aires (F.E.D.E.C.A.P).
La integración cooperativa fue elevada a la jerarquía de principio cooperativo
fundamental por el Congreso de la Alianza Cooperativa Internacional (ACI)
celebrado en Viena en 1966. Reformulado en 1995 en el Congreso de Manchester el
mismo establece bajo el título Cooperación entre Cooperativas:
“Las cooperativas sirven a sus miembros más eficazmente y fortalecen el
movimiento cooperativo, trabajando de manera conjunta por medio de estructuras
locales, nacionales, regionales e internacionales “A
su vez la ley de Cooperativas, Nº 20337, en su Art. 2, inciso 9, enuncia uno de
los caracteres esenciales de las Entidades solidarias: “Las Cooperativas prevén
la integración cooperativa”. Además dedica su Capítulo IX a regular sus
diversas formas: *
Asociación entre cooperativas (Art. 82), *
Fusión
e incorporación (Art. 83), *
Operaciones
en común (Art. 84),
*
Cooperativas de Grado Superior (Art. 85.
En
este último punto, es donde se destaca que
las Cooperativas se constituyen en Federaciones representando la forma más
típica de integración por la cual las cooperativas asociadas son a la
cooperativa de grado superior, lo que los asociados a la cooperativa primaria,
con igualdad de principios, funcionamiento y derechos. Esa
integración de primer grado a una Federación debe resolverse en Asamblea o en el
Consejo de Administración ad referéndum de ella.
A
su vez las Federaciones deben contar con un mínimo de siete asociados y
establecer en su Estatuto el régimen de representación y voto para asegurar la
participación de todas sus Cooperativas miembros e impedir el predominio
excluyente de alguna de ellas.
La administración y fiscalización de las
Cooperativas de grado superior, están a cargo de los mismos órganos que existen
en las cooperativas primarias, con los que no exhiben diferencias destacables en
su composición, atribuciones y funcionamiento.Por
lo tanto, la estructura jerárquica de una
Federación está compuesta de la siguiente manera:
*
Órgano
de Gobierno : ASAMBLEA, *
Órgano
de Administración: CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, *
Órgano
de Fiscalización y Control: SINDICATURA
El movimiento cooperativo adquiere su mayor vigor cuando se federa ya que las
Cooperativas se asocian entre sÍ para el cumplimiento de objetivos económicos,
culturales y/o sociales.
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